Condiciones y requisitos legales para obtener el brevete
El Reglamento Nacional de Emisión de Licencias de Conducir (D.S. 007-2016-MTC y sus modificatorias) establece las condiciones de edad, capacidad civil y habilitación jurídica que debe cumplir de manera obligatoria toda persona natural para postular y obtener por primera vez una licencia de conducir en el Perú.
Requisitos obligatorios
- Tener como mínimo 18 años de edad cumplidos a la fecha de inicio del trámite.
- Excepción legal de edad (16 años): Los menores de edad de 16 años cumplidos que se encuentren casados civilmente o que hayan obtenido un título oficial que les faculte a ejercer una profesión u oficio, contando con plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo a los artículos 42 y 46 del Código Civil peruano, pueden obtener válidamente la Licencia de Conducir Clase A Categoría I.
- Contar con secundaria completa o saber leer y escribir en el idioma castellano.
- No estar privado ni inhabilitado por resolución judicial firme para conducir vehículos de transporte terrestre.
- No contar con sanciones ni suspensiones vigentes en el Registro Nacional de Sanciones de Tránsito (RNSC).
- No tener multas electorales pendientes de pago ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ni papeletas graves pendientes en el SAT o SUTRAN.
Consecuencias de declaraciones falsas
Cualquier declaración jurada con información no verídica o presentación de certificados adulterados acarrea la anulación inmediata del procedimiento administrativo, la inhabilitación del postulante para tramitar brevete por el lapso de 3 años, y la remisión de los actuados al Ministerio Público para la formulación de la denuncia penal correspondiente por delito contra la fe pública.